El Sistema fiscal Marroquí-Español : Lo que debe saber
El Sistema fiscal Marroquí-Español : Lo que debe saber
Navegar por las obligaciones tributarias entre Marruecos y España es un paso fundamental para empresarios, inversores y residentes transfronterizos. Ambos países mantienen intensas relaciones comerciales, pero sus marcos fiscales presentan diferencias substanciales que conviene dominar para optimizar la carga impositiva y evitar la doble imposición.
1. El Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI)
El pilar de la relación fiscal entre ambos Estados es el Convenio para Evitar la Doble Imposición, vigente desde 1985. Este acuerdo determina qué país tiene derecho a gravar cada tipo de renta (salarios, dividendos, intereses o ganancias patrimoniales). Su objetivo principal es garantizar que un contribuyente no pague impuestos dos veces por el mismo ingreso, utilizando mecanismos como la deducción por impuesto pagado en el extranjero.
El Convenio Fiscal entre Marruecos y España define los criterios de residencia fiscal y regula las normas de imposición aplicables a los diferentes tipos de ingresos, pero también establece las condiciones para el reconocimiento de un establecimiento permanente.
En septiembre de 2025, se celebró una conferencia-debate entre profesionales del derecho fiscal, operadores económicos y representantes de las administraciones competentes, orientada a reforzar la cooperación y el intercambio de conocimientos entre ambos países. El objetivo de este evento fue lograr que la lectura y la interpretación del Convenio sean lo más coherentes posible, contando con la intervención de expertos en la materia.
El convenio fiscal entre Marruecos y España debe ser objeto de un análisis minucioso, ya que hay varios factores que entran en juego:
- Marruecos es uno de los principales clientes de España en África, absorbiendo más del 70 % de sus exportaciones hacia el continente.
- Es el séptimo cliente mundial de nuestro país.
- Es el tercer socio de España fuera de la Unión Europea.
- Los intercambios económicos y comerciales entre ambos países han alcanzado niveles récord en 2024, lo que refleja el vigor de las relaciones económicas bilaterales.
- El stock de inversiones se estima en 2.000 millones de euros.
- Se han generado más de 27.000 puestos de trabajo.
- Más de 40 empresas españolas están instaladas en la región de Tánger-Tetuán-Alhucemas.
- Existe el horizonte común del Mundial 2030, con la organización conjunta por parte de Marruecos, España y Portugal.
- Se pretende reforzar no solo la cooperación deportiva, sino también las sinergias económicas, industriales y políticas entre Marruecos y España.
2. Criterios de Residencia Fiscal
Determinar dónde se es residente fiscal es el primer paso:
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España: Se considera residente fiscal a quien permanezca más de 183 días al año en territorio español o tenga en el país el núcleo principal de sus actividades o intereses económicos.
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Marruecos: Se aplica un criterio similar de permanencia (183 días en un periodo de 365) o el establecimiento del centro de intereses económicos principales en territorio marroquí.
3. Imposición a las Empresas: IS vs. IS Marroquí